
Alcalde

José de la Uz Pardos
Formación
Máster en Administración y Dirección de Empresas (MBA) por ICADE y otro en Asesoría Jurídica de Empresas, además de un Programa de Liderazgo en la Gestión Pública por el IESE
Experiencia profesional
Comenzó su actividad laboral en la empresa privada, concretamente en el mundo de la banca, que compaginó con sus primeras responsabilidades políticas. Ha trabajado en varias consejerías de la Comunidad de Madrid como asesor y jefe de Gabinete y, en 2011, fue nombrado Secretario General Técnico en la Vicepresidencia y, posteriormente, en la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Ejecutivo regional. Presidente de la Mancomunidad de Residuos del Sur desde febrero de 2018 a mayo de 2019 Alcalde de Las Rozas de Madrid en la legislatura 2015 – 2019
Documentos
Títulos
Delegaciones y Cargos
El Alcalde es el Presidente de la Corporación, y ostenta, en todo caso, las siguientes atribuciones:
- Dirigir el Gobierno y la Administración Municipales.
- Representar al Ayuntamiento.
- Convocar y presidir las sesiones del Pleno, de la Comisión de Gobierno y de cualesquiera otros Órganos Municipales.
- Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales.
- Dictar Bandos.
- Disponer gastos, dentro de los límites de su competencia; ordenar pagos y rendir cuentas.
- Desempeñar la Jefatura Superior de todo el personal de la Corporación.
- Ejercer la Jefatura de la Policía Municipal, así como el nombramiento y sanción de los funcionarios que usen armas.
- Ejercitar acciones judiciales y administrativas en caso de urgencia.
- Adoptar personalmente, y bajo su responsabilidad, en caso de catástrofe o infortunios públicos o grave riesgo de los mismos, las medidas necesarias y adecuadas, dando cuenta inmediata al Pleno.
- Sancionar las faltas de desobediencia a su autoridad o por infracción de las Ordenanzas Municipales, salvo en los casos en que tal facultad esté atribuída a otros órganos.
- Contratar obras y servicios siempre que por su cuantía no exceda del 5 por 100 de los recursos ordinarios de su presupuesto, ni del 50 por 100 del límete general aplicable a la contratación directa, con arreglo al procedimiento legalmente establecido.
- Otorgar las licencias cuando así lo dispongan las Ordenanzas.